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CULTURA PREVENTIVA EN LA EMPRESAS.“La implantación de medidas preventivas de cumplimiento normativo para proteger a los administradores y a las empresas de riesgos y responsabilidades ”. Autor: Pilar Fernández, abogada en FergoLegal, especialista en cumplimiento normativo preventivo.

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CULTURA PREVENTIVA EN LA EMPRESAS.“La implantación de medidas preventivas de cumplimiento normativo para proteger a los administradores y a las empresas de riesgos y responsabilidades ”. Autor: Pilar Fernández, abogada en FergoLegal, especialista en cumplimiento normativo preventivo.

    La implantación de medidas preventivas de cumplimiento normativo para proteger  a los  administradores y a las  empresas de riesgos y responsabilidades ”.

    Autor: Pilar Fernández.

    Abogada en FergoLegal, especialista en cumplimiento normativo preventivo.

    El Cumplimiento Normativo también conocido bajo el término anglosajón Compliance, hace referencia a la implantación en las empresas de una serie de normas de comportamiento interno, procedimientos de gestión y mecanismos de control, para que el funcionamiento de la empresa se adapte a las exigencias éticas y legales, y con el objetivo de eliminar y minimizar riesgos en la actividad empresarial, así como generar una cultura de ética en los negocios.

    La implantación  en  las empresas de medidas preventivas de cumplimiento normativo, tales como protección de datos, prevención de riesgos laborales, blanqueo de capitales, modelos de prevención de riesgos penales,  código éticos etc.,  supone una herramienta fundamental para PROTEGER A LA EMPRESA Y SUS ADMINISTRADORES de los posibles riesgos y responsabilidades  que pueden surgir en el desarrollo de la actividad empresarial.

    En mucha ocasiones los empresarios posponemos la adopción de este tipo de medidas por considerarlas de compleja implantación y  escasa rentabilidad y  minimizamos su importancia, pero lo cierto es que con la implantación de medidas preventivas  lo que realmente hacemos es proteger a las empresas y, sobre todo, proteger a los órganos de Administración, administradores y consejos de administración, de eventuales responsabilidades tanto civiles como penales y administrativas  que puedan surgir en el desarrollo de la actividad empresarial.

    Los administradores tiene el deber de supervisión, vigilancia y control de las actividades  desarrolladas en su empresa y suya es la obligación de implantar medidas, por ello, cumplir con las normas de prevención de riesgos laborales, de protección de datos, implantar modelos de prevención de riesgos penales , adoptar planes de responsabilidad social corporativa,  aprobar códigos éticos,  contribuye a PROTEGER AL ADMINISTRADOR Y A LA EMPRESA y, ello, con independencia de que las medidas sean de obligado cumplimiento o discrecionales.

    Es importante que la cultura del cumplimento se  instale en nuestro tejido empresarial y que cumplamos con la normativa,  no sólo nos protegemos  sino  que  incorporamos un importante valor añadido a nuestras empresas.